El 14 de abril de 2021 finalizó el plazo para cumplir con la obligación de implementar un registro retributivo
prevista en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres ("RD 902/2020").
El objeto de este RD es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y eliminando los obstáculos existentes.
Una de las nuevas obligaciones empresariales es el registro salarial. Todas las empresas deberán elaborar un registro retributivo en el que esté incluida toda su plantilla, incluido personal directivo y altos cargos. Dicho registro consistirá en elaborar un listado con la media por concepto salarial y grupo profesional desglosado entre hombres y mujeres. Todas las empresas deberán justificar la brecha salarial facilitando información sobre las diferencias porcentuales promediadas entre los hombres y las mujeres.